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 a. Ser salvadoreño o extranjero con residencia definitiva y cuando opere el principio de reciprocidad. b. Ser mayor de 18 años de edad. c. Poseer un nivel de estudios no menor de sexto grado. d. Estar en buen estado de salud mental y en condiciones físicas aceptables para la función que desempeñará conforme a certificación médica. e. Presentar constancia de carencia de antecedentes penales y policiales. f. Inscribirse en la Academia Nacional de Seguridad Pública, dentro de un plazo que no exceda de 30 días contados a partir de su contratación, a efecto de solicitar la programación de la prueba psicotécnica cuya aprobación satisfactoria constituye requisito de ingreso al respectivo curso de capacitación. g. Luego de cumplir con lo establecido en el literal anterior, deberá recibir y aprobar un curso de capacitación que incluye las asignaturas de Procedimientos de Agentes Privados de Seguridad y derechos Humanos, entre otros, afines a los propósitos de tal adiestramiento, según cupo disponible en la Academia Nacional de Seguridad Pública, donde se desarrollarán los cursos respectivos. La no aprobación del curso de capacitación referido, constituye una prohibición a desempeñarse como agente de seguridad privada. La contravención a la misma será considerada falta grave imputable a la entidad de servicios privados de seguridad contratante. h. Poseer licencia para uso de armas de fuego.
 Capacitar personas para que puedan ejercer funciones de: - Agentes de seguridad privada. - Vigilantes independientes. - Investigadores privados. - Servicios propios de protección - Seguridad de instituciones públicas, autónomas y municipales.

Asignaturas impartidas - Derechos Humanos 6 horas - Salud Mental 6 horas - Orientación Jurídica 12 horas - Procedimientos de los agentes privados 14 horas - Actividades Extracurriculares 2 horas
Las clases comienzan a las 7:30 a.m. y finalizan a las 3:30 p.m.
El día lunes se hace una inducción para dar a conocer normas y procedimientos. El viernes a la última hora se entregan Diplomas.
El Ministerio de Hacienda autoriza al fondo para sufragar gastos de la capacitación Acuerdo 388/ministerio de hacienda 23/abril/97
Costo del curso: $50.00
FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 20, literales F y G de la Ley de Servicios Privados de Seguridad (decretada en 1994 y reformada en el 2000).
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