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Carta de derechos

La Academia Nacional de Seguridad Pública, en aras de un mejor servicio al ciudadano y ciudadana, de un mejor  cumplimiento de su función legal como  la Institución rectora de los profesionales de Seguridad Pública en nuestro país se compromete a lo siguiente:

CARTA DE DERECHOS DEL CIUDADANO Y CIUDADANA

Derecho a ser atendido por todos los canales disponibles.
El ciudadano y ciudadana tienen derecho a:

1. Ser atendido de forma oral (ya sea personalmente o por teléfono) en el horario de 7:30 a.m.  a  3:30 p.m., en los días de lunes a viernes, excepto festivos, siempre que se trate de asuntos concernientes a las funciones y atribuciones de la ANSP.

2. A presentar por escrito sus peticiones y a que se les responda a la mayor brevedad posible, tanto mediante un documento en papel, el correo electrónico, el fax o el contacto a través del sitio web de la institución.

3. Consultar el sitio web de la institución en https://www.ansp.gob.sv; donde encontrará información relacionada con los servicios y actividades de la misma. Dicha información podrá ser usada siempre y cuando se cite la fuente.

Derecho a recibir atención adecuada.
El ciudadano tiene derecho a:

4. Recibir un trato amable, equitativo y respetuoso del personal de la institución, con consideración hacia sus intereses e inquietudes y circunstancias sociales, culturales y emocionales.

5. Ser atendido  en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna por razones de genero, lengua, religión, condición social, nacionalidad, origen, opinión, orientación sexual etc.

6. Conocer el nombre, cargo, número telefónico de la oficina y correo electrónico de las autoridades, funcionarios /as y empleados/as que lo atienden.

7. Exigir la máxima prontitud y puntualidad en  las actuaciones de la institución en las que resulte necesaria su comparecencia.

Derecho a obtener información.
El ciudadano tiene derecho a:

8. Obtener toda la información de carácter general que requiera, de forma veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada; siempre que su revelación no sea contraria a las disposiciones legales vigentes.

9. Recibir indicaciones precisas sobre el trámite a realizar y su duración; así como de los aranceles respectivos a cancelar y la ayuda necesaria para el llenado de los distintos formularios utilizados en los trámites correspondientes.

10. Disponer de forma gratuita (salvo excepciones legales) de los formatos y formularios utilizados para realizar cualquier gestión, ya sea de forma personal, por correo electrónico o vía fax.

11. Que la información oral o escrita que reciba de la institución utilice un lenguaje comprensible, empleando una sintaxis, estructura y vocabulario sencillos, sin perjuicio de su rigor técnico.

Derecho a una tramitación eficiente.
El ciudadano tiene derecho a:

12. La atención de su solicitud en el orden de llegada o presentación.

13. Una tramitación ágil de los asuntos que le afecten, que deberán resolverse en los tiempos establecidos para cada diligencia, y a conocer, en su caso, el motivo concreto del retraso.

14. Conocer en cualquier momento el estado del trámite de su solicitud.

15. La máxima privacidad, seguridad y confidencialidad de su información personal tanto antes, durante y después del trámite como en cualquier comunicación que establezca con la institución.

Derecho a exigir el cumplimiento de sus derechos.
El ciudadano tiene derecho a:

16. Recibir, cuando no se encuentre satisfecho con los servicios ofrecidos,  explicaciones detalladas y la atención y resolución inmediata de su queja.

17. Formular reclamaciones, denuncias y sugerencias relativas al incorrecto funcionamiento de la institución o a la inadecuada tramitación de su solicitud, así como a recibir respuesta a las mismas a la mayor brevedad posible.

18. Ejercer y exigir plenamente los derechos reconocidos en esta Carta y los que le otorga la ley, aunque esté afectado por cualquier tipo de discapacidad sensorial, física o psíquica.

Derecho a participar en el mejoramiento de la institución
El ciudadano tiene derecho a:

19. Proporcionar, por cualquier canal oral o escrito, información que ayude al mejoramiento de la institución o de sus servicios, ya sea en forma de sugerencias, recomendaciones, comentarios o comunicación sobre su experiencia pasada con la institución.

20. Ser informado sobre las iniciativas que lleva a cabo la institución para su perfeccionamiento, tanto a través de los medios de comunicación como a través de consultas que desee plantear sobre este tema.

Su colaboración es importante. Ayúdenos a servirle mejor.

Informe sobre el cumplimiento de esta carta de derechos al teléfono (503) 2565-6668 (Unidad de Acceso a la Información / OIR), a la dirección electrónica administrador.sitio@ansp.gob.sv, o busque en el DIRECTORIO DE CONTACTOS la Unidad o Departamento que le puede ayudar a resolver su problema.