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Constancias, certificaciones y reposición de diplomas
Secretaria General
Art. 12. Los órganos administrativos deberán informar de manera sencilla y accesible al ciudadano sobre sus normas básicas de competencia, fines, funcionamiento, formalidades y requisitos para acceder a los trámites y servicios que se prestan, incluyendo información sobre la tramitación de diligencias, localización de sus dependencias, horarios de trabajo, tarifas, teléfonos, faxes, correo electrónico, servicios en línea y cualquier otra prestación que ofrezca la tecnología. (L.P.A.)
Emisión de constancias y certificaciones de la documentación oficial
Pasos a seguir para la tramitación del servicio:
- Presentarse a la Secretaria General para llenar el formato de solicitud de emisión de certificaciones de documentación oficial o constancias.
- La Secretaria General genera el formulario de autorización, dirigido al Tesorero Institucional, a efecto que el solicitante cancele el arancel establecido para la extensión del documento requerido y posteriormente regresa a la Secretaria General para entregar copia del recibo de pago entregado por la Subunidad de Tesorería Institucional.
- La Secretaría General luego de verificar el pago del arancel correspondiente, solicita a la instancia pertinente la información y/o documentación necesaria para posteriormente emitir las certificaciones o constancias requeridas.
- El solicitante será convocado por la Secretaría General indicándole la fecha para presentarse a retirar las constancias o certificaciones de documentación oficial solicitadas, dicha convocatoria se realizará vía telefónica o por medio de correo electrónico personal, datos que serán requeridos a los peticionarios para tal efecto.
Reposición de diploma emitido por la ANSP
Pasos a seguir para la tramitación del servicio:
- Presentarse a la Secretaría General para llenar el formato de solicitud de extensión del diploma en calidad de reposición.
- La Secretaria General genera el formulario de autorización, dirigido al Tesorero Institucional, a efecto que el solicitante cancele el arancel establecido para la extensión del documento requerido y posteriormente regresa a la Secretaría General para entregar copia del recibo de pago entregado por la Subunidad de Tesorería Institucional.
- La Secretaría General luego de verificar el pago del arancel correspondiente, solicita a la instancia pertinente la información y/o documentación necesaria a efecto de constatar que el solicitante, efectivamente posee la calidad de graduado en un proceso de formación impartido por la ANSP y posteriormente procede a solicitar la elaboración del diploma.
- El Secretario o Secretaria General firma y sella el diploma y gestiona la firma y sello del Director General.
- El solicitante será convocado por la Secretaría General indicándole la fecha para presentarse a retirar el diploma de en calidad de reposición solicitado, dicha convocatoria se realizará vía telefónica o por medio de correo electrónico personal, datos que serán requeridos a los peticionarios para tal efecto.
Duración del trámite:
Emisión de constancias y certificaciones de la documentación oficial: 3 días hábiles
Reposición de diploma emitido por la ANSP: 5 días hábiles
Ubicación de dependencia:
Academia Nacional de Seguridad Pública, sede Santa Tecla, segundo nivel.
Horarios de atención:
De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. sin cerrar al mediodía.
Tarifas:
- Constancias: $1.50
- Certificaciones: $2.00
- Reposición de diploma: $5.00
IES-ANSP
- Constancia de notas: $8.00
- Reposición de título: $100.00
- Certificación de notas: $10.00
Teléfonos: 2565-6614/2565-6615/2565-6616